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	<title>Propiedad Intelectual Archives - Al pie de la foto</title>
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	<description>Letras, rese&#241;as, entrevistas y pies de foto</description>
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		<title>El binomio complicado de la protección del autor y la libertad de ideas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lele Sorribas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Aug 2012 07:47:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Bitácora]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; Los avances tecnológicos van mucho más rápidos que nosotros y nuestras leyes, este es</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Los avances tecnológicos van mucho más rápidos que nosotros y nuestras leyes, este es uno de los quebraderos de cabeza de industrias culturales, autores y usuarios; encontrar medidas que satisfagan a todos es un complejo rompecabezas de intereses que en la mayor parte de los casos se va solventando sobre la marcha. </strong></p>
<p><strong>Como el tema es realmente complejo, desde Conversas propusimos resolvernos algunas dudas y que nos diera su opinión a Erika Henao, abogada especializada en Propiedad Intelectual y Tecnologías de la Información por ESADE Business School, con experiencia en despachos de referencia y actualmente responsable jurídica de la plataforma de experiencias Habaluc.</strong></p>
<figure id="attachment_535" aria-describedby="caption-attachment-535" style="width: 300px" class="wp-caption alignleft"><a href="http://revistaconversas.com/2012/08/24/el-binomio-complicado-de-la-proteccion-del-autor-y-la-libertad-de-ideas/eh_conversas3/" rel="attachment wp-att-535"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-medium wp-image-535" title="EH_Conversas3" src="http://lelesorribas.wordpress.com/wp-content/uploads/2012/08/eh_conversas3.jpg?w=300" alt="Erika Heano" width="300" height="199" /></a><figcaption id="caption-attachment-535" class="wp-caption-text">Erika Henao</figcaption></figure>
<p>La legislación actual no está completamente adaptada a las nuevas opciones que se plantean con Internet y las tecnologías, compartir y libertad de información parecen los pilares en los que se amparan los usuarios ante estas nuevas opciones; las industrias culturales y los autores son más resistentes a los cambios de planteamiento de negocio. Sin embargo, todos deben poner de su parte para alcanzar un punto medio que consiga dejar satisfechos a todas las partes.</p>
<p>Para comenzar nos explicó qué se entiende por propiedad intelectual, <em>es un concepto genérico que se refiere a todas las creaciones de la mente; esta es la definición que acuña la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Sería, por tanto, como una gran categoría que abarca, por un lado, lo que podrían ser invenciones, entrando ya en el terreno de las patentes, obras literarias o artísticas o arquitectónicas; todo esto estaría protegido por la legislación de los Derechos de Autor. Por otro lado, estarían nombres comerciales, marcas y sus representaciones; esto también quedaría cubierto, en este caso, por la Propiedad Industrial.</em> Y también nos aclaró el concepto derechos de autor, <em>nace de la perspectiva de la imprenta y se construye a partir de la creación de obras literarias por parte de autores, con lo cual es un derecho que se construye en base a analógica, con lo cual en el entorno digital asistimos a una serie de particularidades que romperían un poco esa concepción clásica para la que fue concebida la protección de las obras de los autores.</em></p>
<p>La cuestión a partir de estos conceptos es poder aplicarlos en los usos de Internet y las redes sociales que parecen haberse adueñado del leit motiv “todo gratis” y que están llevando, por un lado, a que el usuario haga uso ilícito de contenidos y, por otro,  a que se esté imponiendo una legislación muy estricta y restrictiva. Erika afirma, <em>desde un punto de vista jurídico, la ley es muy estricta, muy encorsetada, con poca flexibilidad; lo cual choca con lo que defiende la Sociedad de la Información, preocupada precisamente por hacer que el conocimiento fluya, se comparta. Pero el fundamento de la Propiedad Intelectual es proteger al autor e impulsar la creación de ideas, se trata de incentivar al autor para que siga creando. Es un binomio muy complicado, es muy difícil compaginar ambas percepciones en la práctica.</em> Y en este sentido, todos, autores-creadores, consumidores-usuarios, industrias culturales y legisladores, tenemos responsabilidades: <em>la legislación se debería flexibilizar un poco más. Los usuarios deberían ser un poco más conscientes de lo que implica el hecho de acceder lícitamente a contenidos, lo contrario iría en detrimento del autor y, a la larga, también de la calidad de tales contenidos. Y los autores e industrias culturales deben ser conscientes de que en la realidad actual el modelo de negocio se ha transformado, en el sentido de que existe un replanteamiento de la escala de ingresos a través de estos contenidos.</em></p>
<p>No obstante, nos encontramos con nuevos actores en este escenario complejo de interpretaciones sobre la propiedad intelectual y los derechos, como son las grandes corporaciones de telecomunicaciones, empresas de software que además ofrecen contenidos y soportes, redes sociales… Los usuarios (sean consumidores, paseantes o creadores) asumen riesgos, sí, y Eirka Henao, recomienda, <em>el usuario tiene el cometido de entender muy bien y ser consciente de cuál es su actividad y las evidencias de toda la información que comparte en la red social y tratar de entender un poco sus políticas de privacidad y condiciones de uso. </em>Aunque reconoce<em>, esto  a veces, es un poco difícil porque no siempre hay transparencia por parte de algunas plataformas en cuanto a sus finalidades. Además, la redacción y el lenguaje pueden ser bastante complejos. </em></p>
<p>Para Erika las plataformas sociales y/o redes sociales (Habaluc prefiere alejarse del concepto red social y definirse como plataforma online de experiencias) <em>tienen como cometido garantizar la privacidad, no configurar una privacidad débil por defecto, sino más bien permitir un grado de privacidad adecuado y que sea el usuario el que decida qué compartir y en qué momento hacerlo, además del alcance que tenga en cada momento lo que quiere compartir con los otros usuarios. En definitiva, es el usuario el que debería tener las herramientas para pode decidir sobre la información que comparte y sobre el alcance de la misma. Además, también se les debería garantizar el derecho al olvido, en el sentido de que en el momento que un usuario decidiera darse de baja y retirar su información, pudiera hacerlo sin problema.</em></p>
<p><em>En negocios de este tipo se plantean varios temas importantes como sería la percepción de la privacidad, la protección de los datos de los usuarios, el respeto al derecho al honor, a la intimidad o a la imagen de los usuarios y, también, el derecho a la propiedad intelectual. Estos serían los aspectos con los que más tendríamos que estar alineados y que más tendríamos que vigilar. Lo cual también nos obliga a estar muy atentos con los contenidos que comparten los usuarios, en el sentido que no infrinjan derechos de propiedad intelectual de terceros, o que no infrinjan derechos de honor o intimidad de otras personas. Además de proteger el derecho a la intimidad, el honor y todo eso que te comentaba antes, también debemos actuar siempre de acuerdo con la finalidad para la cual fueron recogidos los datos de los usuarios y hacerlo de manera transparente.</em></p>
<p>La solución no se ve cercana ni fácil, la complejidad del asunto lleva, como hemos visto, a que se vaya creando jurisprudencia sobre los temas a la vez que van sucediendo, sentencias que disculpan a directorios por la idexación de contenidos, o que castigan a páginas de enlaces, sentencias con diferentes interpretaciones sobre la privacidad… Para Erika Henao, sería interesante profundizar en la autorregulación, <em>no todo tiene que pasar por una ley. En ese sentido, yo sería muy partidaria, en ese mundo de Internet donde todo sucede tan rápido y en aras de dar respuestas más efectivas y cercanas, adoptar ese tipo de mecanismos y poner a disposición del usuario ese tipo de mecanismos de resolución de conflictos y abogar, también por políticas más transparentes.</em></p>
<p><a href="http://www.habaluc.com/">www.habaluc.com</a></p>
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		<title>David Bravo, licencia para compartir</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lele Sorribas]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Oct 2011 09:22:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Bitácora]]></category>
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		<category><![CDATA[Conferencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>David Bravo, abogado y especializado en derecho informático, ofreció una conferencia con licencia para compartirla</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div style="text-align:justify;"><strong>David Bravo, abogado y especializado en derecho informático, ofreció una conferencia con licencia para compartirla libremente sobre propiedad intelectual y licencias Creative Commons en Ourense.</strong> </div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;">
<table cellpadding="0" cellspacing="0" class="tr-caption-container" style="float:left;margin-right:1em;text-align:left;">
<tbody>
<tr>
<td style="text-align:center;"><a href="http://lelesorribas.wordpress.com/wp-content/uploads/2013/04/ouff4.jpg" style="clear:left;margin-bottom:1em;margin-left:auto;margin-right:auto;"><img decoding="async" border="0" height="200" src="http://lelesorribas.wordpress.com/wp-content/uploads/2013/04/ouff.jpg" width="200" /></a></td>
</tr>
<tr>
<td class="tr-caption" style="text-align:center;"><a href="http://www.ouff.org/">http://www.ouff.org/</a> </td>
</tr>
</tbody>
</table>
</div>
<div style="text-align:justify;">Dentro del programa del Festival Internacional de Cine de Ourense se realizan una serie de <a href="http://www.ouff.org/2011/index.php/content/view/5170/366/lang,galician/">actividades paralelas a las proyecciones</a>; entre éstas, este martes (18 de octubre) se ofreció una conferencia sobre Protección Intelectual y <a href="http://es.creativecommons.org/">Creative Commons</a> impartida por David Bravo, abogado especializado en derecho informático y propiedad intelectual.</div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;">Para comenzar su exposición, David Bravo empezó por contextualizar dónde y en qué momento surgen las Licencias Creative Commons, pues éstas son el resultado de la situación y de la evolución del derecho respecto de la propiedad intelectual.</div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;">Las licencias Creative Commons surgen como respuesta a dos problemáticas: la pelea entre consumidores y creadores, y las dificultades que nacen entre los creadores.</div>
<div style="text-align:justify;">Por un lado, Internet ofrece una gran accesibilidad a los contenidos y una gran capacidad de compartirlos, esto pone en jaque las reglas comerciales que venían rigiendo el negocio hasta hace (relativamente) poco tiempo, lo cual provoca un conflicto entre los creadores, portadores de derechos de propiedad intelectual, y consumidores. Por otro lado, la propiedad intelectual limita a los creadores a la hora de construir nuevos productos usando partes de otras creaciones. </div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;">Estas licencias no se deben confundir ni con un modelo de negocio, ni con una entidad de gestión, las licencias Creative Commons son simplemente una serie de atribuciones de derechos de propiedad intelectual para etiquetar creaciones, pero no regulan ni controlan el uso posterior que se haga de la creación. No obstante, estas licencias pueden dar como resultado nuevos modelos de negocio para la creación y distribución de contenidos.</div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;">Entre las risas del público, David Bravo reflejó muy seriamente, curiosidades de la regulación de la propiedad privada, como por el ejemplo una denuncia interpuesta por un compositor a un grupo, por ambos haber grabado una obra de silencio; o la existencia de una patente para el olor a hierba recién cortada.</div>
<div style="text-align:justify;">A través de estos detalles, David Bravo llamó la atención sobre la importancia que tiene la gestión de la propiedad intelectual y el cambio que la legislación, instituciones, creadores, distribuidores y consumidores deben realizar para ponerse a la altura de las circunstancias.</div>
<div style="text-align:justify;"></div>
<div style="text-align:justify;">A partir de este momento, cuando “todos sabemos que el cambio es irreversible”, dice Bravo, “la pregunta que se debe hacer es, ¿qué hacemos para ver remunerado nuestro trabajo en esta realidad que nos ha tocado?».</div>
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